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Reglamento de la Carrera de médico especialista en oncohematología
   
 
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  Visto la necesidad de crear la reglamentación para regular el funcionamiento de estudios de postgrado, que otorguen el título de Especialista y considerando:

- El deseable impulso que dará la creación de Carreras de postgrado de carácter académico de la Sociedad Argentina de Hematología.
- La importancia de la adopción de enfoques interdisciplinarios en el estudio e investigación de las enfermedades hematológicas.
- La necesidad de establecer pautas que garanticen los altos niveles de calidad que deben tener los estudios de postgrado de la Sociedad Argentina de Hematología.

La Subcomisión de Docencia de la S. A. H. propone la creación de la Carrera de Médicos Especialistas en Oncohematología de la Sociedad Argentina de Hematología.
   
 

REGLAMENTO

Art. 1 – El título de Médicos Especialistas en Oncohematología de la S.A.H., será otorgado por la SOCIEDAD ARGENTINA DE HEMATOLOGÍA (S.A.H.)

Art. 2 – Se obtendrá el título al término de un ciclo de estudios no inferior a 1.200 horas (mil doscientas) y a la posterior presentación de una Tesina, a traves de la cual los candidatos demuestren que han alcanzado el nivel requerido.

Art. 3 – Los cursos, seminarios e investigaciones conducentes al Título de Médicos Especialistas en Oncohematología podrán ser interdisciplinarios.

Art. 4 – Los graduados con Título de Médico Hematólogo expedido por la S.A.H., podrán postularse para ingresar a la Carrera.

Art. 5 – Aquellas personas que cuenten con antecedentes de investigación o profesionales relevantes, aún cuando no cumplan con el Artículo 4, podrán postularse para ingresar a la Carrera, auspiciados por dos miembros del Tribunal de Evaluación Hematológico de la S.A.H. y con previa aprobación de la Comisión .

Art. 6 – La Carrera implicará: a - La realización de cursos y/o seminarios regulares de asistencia obligatoria, organizados según un curriculum básico que establecerá la Comisión correspondiente, y que deberán ser aprobados de acuerdo a los procedimientos de evaluación que establezca la Comisión Docente. b - La elaboración de una Tesina, la que podrá consistir en el informe de un trabajo de investigación o en un proyecto innovador para la resolución de problemas específicos. c - La presentación de la Tesina se efectuará ante una Comisión de expertos designada que procederán a su evaluación.

Art. 7 – La Comisión Docente y la Comisión Directiva de la S.A.H. nombrarán subcomisiones en las diferentes especialidades hematológicas, deberán ser constituídas por hematológos con Título expedido por la S.A.H., que acrediten: a - Trayectoria en la especialidad en centros nacionales o extranjeros. b - Trabajos publicados en la especialidad. c - Actividad docente de postgrado en hematología en cursos de la S.A.H. y que expresen formalmente su deseo de comprometerse por un mínimo de dos años en esta actividad.

Art. 8 – Las subcomisiones elevarán a la Comisión superior sus condiciones de admisión y funcionamiento. - Competencia de idiomas. - Requisitos necesarios de especialización o formación. - Forma de cumplimiento de los cursos y/o seminarios. - Preparación de la Tesina. - Informe anual de lo actuado. - Aranceles. - Cupos.

Art. 9 – El Título otorgado será de Médico Especialista en Oncohematología correspondiente a la Carrera cumplida y aprobada, expedido por la S.A.H.

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